
Ciudad de México, 17 de junio de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomó la competencia para analizar la constitucionalidad de las prohibiciones absolutas a la eutanasia y el suicidio asistido en las leyes sanitarias mexicanas.
El caso surge a partir de un amparo promovido por una paciente que impugna la Ley General de Salud y el Código Penal de la Ciudad de México, los cuales prohíben el acceso a la eutanasia. La promovente argumenta que limitar la muerte legalmente aceptada a la llamada “muerte natural” vulnera derechos fundamentales como la autonomía y el desarrollo de la personalidad.
Durante la sesión, el ministro Arístides Guerrero García mencionó ejemplos internacionales donde la eutanasia está permitida, como Países Bajos, Bélgica, Canadá y Colombia, señalando que la Corte deberá debatir el tema sin adelantar posturas.
“Este Tribunal Constitucional debe dar el debate en su momento. No quisiera anticipar ningún tema de fondo ni ninguna postura en torno al mismo. En nuestro país, la eutanasia se encuentra prohibida hoy por la Ley General de Salud”, indicó Guerrero García.
El ministro Irving Espinosa Betanzo explicó que la promovente es una mujer con experiencia en tanatología, diagnosticada con cáncer, que reclama el derecho a decidir sobre su muerte y a recibir cuidados paliativos adecuados. Espinosa Betanzo destacó la trascendencia del asunto para la Corte y la sociedad.
Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía consideró que este caso representa una oportunidad para que la Suprema Corte establezca un criterio innovador sobre la eutanasia y el suicidio asistido en México.
Debate y votación en la Suprema Corte
La atracción del caso fue aprobada por ocho ministros mediante votación a mano alzada; la ministra María Estela Ríos González fue la única en abstenerse. El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz aseguró que el análisis profundo y el debate sobre el tema se realizarán en etapas posteriores.
Contexto y relevancia social
El caso pone en el centro del debate la autonomía individual y el derecho a una muerte digna, en un país donde la eutanasia sigue prohibida por ley. La resolución de la Corte podría sentar un precedente importante en materia de derechos humanos y salud pública.
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