
Internacional, 11 de junio de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad de sancionar el feminicidio en Oaxaca con penas que van de 40 hasta más de 60 años de prisión. Esta decisión responde a la gravedad del delito y al contexto de violencia que enfrentan las mujeres en México.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra, ponente del proyecto, explicó que el feminicidio es una forma extrema de violencia que afecta derechos fundamentales como la vida, la integridad y la igualdad de las mujeres. Por ello, consideró insuficiente clasificarlo solo como homicidio agravado.
Penas proporcionales a la gravedad del delito
En la sesión del miércoles pasado, la ministra Herrerías argumentó que la sanción no vulnera los principios constitucionales de proporcionalidad ni de reinserción social, ya que la pena responde a la complejidad y gravedad del feminicidio dentro del contexto feminicida que afecta al país.
El caso que motivó esta resolución ocurrió en 2013 en Oaxaca, cuando agentes de Seguridad Pública atendieron una llamada de auxilio y encontraron a una mujer gravemente lesionada por su expareja, quien fue detenido y sentenciado a 74 años de prisión por feminicidio agravado.
El acusado promovió un amparo alegando que la pena era desproporcionada y atentaba contra la reinserción social, pero el pleno de la SCJN desestimó estos argumentos y ratificó la penalidad.
Reconocimiento jurídico y social del feminicidio
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz calificó el caso como emblemático para Oaxaca, al ser el primero con esta figura jurídica reconocida. Resaltó que el feminicidio requiere un tratamiento especial debido a la lucha social para visibilizar y sancionar esta forma de violencia.
La resolución de la SCJN refuerza las obligaciones internacionales del Estado mexicano para proteger a mujeres y niñas frente a diversas formas de violencia, incluyendo la sexual, económica, física y psicológica.
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