
El panorama judicial español se sacude con el proceso a Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, presidente del gobierno de España, por tráfico de influencias y malversar fondos públicos, así va el caso.
El juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, terminó la investigación contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y propone juzgarla por cuatro delitos graves tras dos años de una polémica instrucción.
La esposa del presidente de España, quien se desempeñaba como lobista de empresas antes de convertirse en primera dama, recibió la noticia durante el viaje oficial que, junto a Pedro Sánchez, están realizando por China.
Cuatro delitos: de malversación a apropiación indebida
Tras la vista celebrada el pasado 1 de abril, el instructor determinó que existen indicios suficientes para que el proceso penal siga adelante. Los delitos que el juez atribuye a Gómez son:
- Tráfico de influencias
- Corrupción en los negocios en el sector privado
- Malversación de fondos públicos
- Apropiación indebida de marca
Sin embargo, dejó fuera un quinto delito (el de intrusismo profesional), acordando el sobreseimiento respecto a este punto concreto. También señala que Gómez se prevalió presuntamente de su relación con Pedro Sánchez.
En un auto emitido este lunes, dejó la causa a un paso de la apertura del juicio oral.
El banquillo se amplía: Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés
La decisión judicial no afecta únicamente a Begoña Gómez. El instructor propone sentar también en el banquillo a María Cristina Álvarez, asesora en Moncloa, a quien se le imputan los mismos cuatro delitos que a la mujer del presidente.
Asimismo, el procedimiento continúa contra el empresario Juan Carlos Barrabés, aunque en su caso el procesamiento se limita a los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, quedando igualmente exonerado del cargo de intrusismo profesional.
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Próximos pasos judiciales: plazos para el juicio oral
Con el cierre de la instrucción, el magistrado ha abierto el periodo para que las partes personadas tomen posición.
En el escrito, Peinado concede un plazo de cinco días para que las acusaciones y defensas insten lo que consideren oportuno respecto a la apertura del juicio oral.
Durante este breve periodo, las partes deberán presentar sus escritos de conclusiones provisionales, lo que marcará el paso definitivo para determinar si Begoña Gómez y el resto de los procesados se enfrentan finalmente a la vista oral en la Audiencia Provincial.
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