
29 de julio del 2026 – local. Un agente ministerial adscrito a la Fiscalía General del Estado fue denunciado formalmente tras comprobarse que sometió a tortura en Quintana Roo a un mismo ciudadano en dos ocasiones distintas para obligarlo a declararse culpable de homicidio. La víctima, identificada como Jesús Reynaldo Jiménez Pacheco, lleva 13 años encarcelado de manera injusta en el Centro de Readaptación Social de Cancún, pese a que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo confirmó los abusos cometidos por las autoridades mediante dos recomendaciones oficiales.
El calvario de este ciudadano comenzó desde el 14 de abril del año 2013, cuando elementos de la Policía Municipal lo arrestaron de forma arbitraria mientras manejaba su vehículo de trabajo. Los uniformados lo trasladaron a un baño de la corporación para aplicarle toques eléctricos y propinarle severos golpes, con la intención de forzarlo a aceptar un delito del que no tenía conocimiento. Posteriormente, fue entregado a la Procuraduría estatal, donde los agentes agravaron los castigos físicos y colocaron una bolsa en su cabeza para asfixiarlo, hasta obligarlo a dejar su huella digital en un documento fabricado.

Tortura en Quintana Roo confirmada por organismos defensores
A pesar del encierro, el afectado logró solicitar apoyo y la defensoría oficial aplicó el Protocolo de Estambul para examinar los severos daños médicos registrados en su expediente. Tras un largo análisis de las irregularidades cometidas por la Policía Municipal y ministerial, la comisión emitió el 11 de noviembre de 2020 la recomendación Cdheqroo/13/2020/II, en la que confirmó la presencia manifestada de violencia física. Sin embargo, ni el Ayuntamiento de Benito Juárez ni las autoridades estatales han cumplido hasta el día de hoy con la reparación del daño o la investigación a los responsables.

Increíblemente, antes de resolverse esa primera queja, la víctima sufrió un segundo ataque a sus derechos humanos en el mes de febrero del año 2015, mientras cumplía su encierro penal. Agentes de la fiscalía lo extrajeron de su celda para llevarlo a un cuarto sin muebles que llamaban “el quirófano”, donde el mismo agente ministerial de la primera agresión volvió a golpearlo, asfixiarlo y arrojarle salsa picante en el rostro. Por este nuevo hecho se emitió la recomendación Chdeqroo/02/2026, la cual ratificó la reincidencia en estos abusos sistemáticos cometidos contra la misma persona.

Incumplimiento institucional y el marco legal que anula las confesiones
Actualmente, la defensa legal tramita amparos y solicita la intervención del Congreso del Estado para obligar a las autoridades a responder por el daño causado a Jesús Reynaldo, quien exige su pronta liberación mediante cartas enviadas desde su celda. Como dato clave dentro del marco jurídico penal mexicano, el artículo 4 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura, aunado a la doctrina jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), establece el principio de exclusión de prueba ilícita. Esto significa que cualquier declaración obtenida bajo tratos crueles queda totalmente anulada y no puede sostener ningún proceso ni condena penal.
Por este motivo, las carpetas de investigación sustentadas únicamente en confesiones forzadas carecen de toda validez legal dentro del sistema judicial penal. La permanencia de la víctima en el centro penitenciario evidencia una falla grave en el cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos y en la aplicación inmediata del principio de presunción de inocencia. Mientras las instituciones omiten reparar el daño, el afectado continúa privado de su libertad pagando expedientes totalmente fabricados por la propia autoridad encubridora.
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