
Ciudad de México, 13 de julio de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a los padres de un adolescente con síndrome de Down que falleció debido a irregularidades en la atención médica en un hospital privado. La decisión revoca una sentencia previa que había absuelto al nosocomio, señalando la omisión en el análisis de los derechos humanos de la persona con discapacidad.
El caso surgió tras la muerte del joven de 17 años, quien fue trasladado de un hospital privado a otro luego de que una inundación interrumpiera servicios esenciales, incluyendo el suministro eléctrico. Esta suspensión afectó la ventilación mecánica, que tuvo que ser sustituida por un método manual asistido, situación que derivó en la demanda de la familia por responsabilidad civil contra el hospital.
La ministra ponente Sara Irene Herrerías Guerra destacó que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito absolvió al hospital sin evaluar si la actuación del personal médico durante la emergencia fue acorde con los estándares constitucionales. Además, señaló que el tribunal analizó el caso bajo una perspectiva eugenésica, asumiendo que la discapacidad y las condiciones del adolescente justificaban el desenlace, sin considerar las irregularidades en la prestación del servicio.
Este enfoque, explicó la ministra, contradice el modelo social de discapacidad adoptado por la SCJN, que rechaza tratar la discapacidad como explicación suficiente para resultados adversos y evita estigmatizar a las personas con discapacidad como de menor valor o calidad de vida.
Asimismo, Herrerías Guerra subrayó la necesidad de que los juzgadores sean especialmente sensibles a las condiciones médicas y clínicas de las personas con discapacidad, y que adopten medidas para compensar las asimetrías de información entre las partes, especialmente en servicios de salud privada donde la prueba depende en gran medida de documentos bajo control del hospital.
Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz ordenó una investigación al Tribunal de Disciplina Judicial para determinar si hubo responsabilidad por el uso de argumentos discriminatorios en la resolución del tribunal colegiado. El Pleno de la SCJN revocó la sentencia y ordenó que el caso sea revisado nuevamente bajo un estándar reforzado de protección del derecho a la salud y desde una perspectiva de discapacidad.
Protección del derecho a la salud y discapacidad
El fallo de la SCJN marca un precedente importante en la interpretación de los derechos humanos de personas con discapacidad en el ámbito médico y judicial. Reconoce que la discapacidad no debe ser utilizada como justificación para resultados negativos en tratamientos médicos y exige que se garantice un trato justo y sensible en situaciones de emergencia.
Investigación y seguimiento judicial
La revisión ordenada al tribunal colegiado permitirá analizar con mayor profundidad las acciones del hospital y el personal médico durante la emergencia causada por la inundación. Además, se evaluará la conducta de los jueces que inicialmente absolvieron al hospital, para evitar que prejuicios o estereotipos influyan en decisiones judiciales.
Este caso subraya la importancia de un enfoque legal y médico que respete los derechos de las personas con discapacidad y garantice su acceso a servicios de salud adecuados, incluso en situaciones críticas.
También puedes leer: Más noticias de Nacionales en OLA Noticias.


















