
nacional, 7 de julio de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad atraer un recurso de revisión extraordinario con el fin de evaluar la validez jurídica de crear una Comisión de la Verdad dedicada al caso Ayotzinapa. Con esta resolución, el Máximo Tribunal definirá los alcances institucionales de los jueces federales, determinando si un juzgador civil posee las facultades constitucionales para ordenar la integración de este tipo de mecanismos dentro de una sentencia de amparo relacionada con autos de formal prisión por desaparición forzada.
Con una votación unánime de ocho ministros presentes, el pleno del tribunal acordó ejercer su facultad de atracción. Los ministros examinarán si el mandato judicial emitido en instancias previas vulnera pilares del Estado de derecho como el principio de división de poderes o la relatividad de las sentencias (conocida jurídicamente como la Fórmula Otero). Se designará formalmente a un ministro ponente, quien asumirá la responsabilidad de elaborar el proyecto de sentencia definitivo que resuelva la procedencia técnica de dicha comisión.
Durante la sesión ministerial, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra se declaró impedida de manera oficial para intervenir en las deliberaciones y en la futura votación del caso. Herrerías Guerra argumentó un conflicto de interés sustancial, debido a que en años anteriores se desempeñó como titular de la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el caso Ayotzinapa dentro de la estructura de la Fiscalía General de la República (FGR).
Revisión integral de los recursos contra la “verdad histórica”
La SCJN no limitó su intervención a un solo expediente; también atrajo de forma conjunta cuatro recursos adicionales íntimamente vinculados con la histórica sentencia de amparo de 2018. Aquel fallo de primer nivel anuló los efectos legales de la denominada “verdad histórica” —la versión oficial del gobierno federal presentada en 2015— sobre el destino de los 43 estudiantes normalistas de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos.
La resolución de 2018 ordenó reponer los procedimientos de investigación desde su origen tras detectar violaciones graves a los derechos humanos de los procesados, incluyendo la acreditación de actos de tortura y la manipulación de escenas. En esa misma resolución se mandató la creación de una Comisión de Investigación para la Justicia y la Verdad, cuya integración legal es el núcleo del debate actual en el alto tribunal.
Alineación de Posturas: La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República solicitó formalmente a la Suprema Corte en este 2026 que analice de manera integral la viabilidad jurídica y material para dar cumplimiento a los efectos de la sentencia original, concentrando la atención en la legalidad del diseño de la Comisión.
Preocupación de organismos civiles ante un posible retroceso judicial
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Pro) manifestó públicamente su preocupación ante la reapertura de este debate en la arena judicial. El organismo civil defensor de las familias de los normalistas puntualizó que la sentencia de 2018 representó el mecanismo jurídico más robusto para desmontar la hipótesis oficial que le atribuía la responsabilidad exclusiva de la desaparición física de los jóvenes a la organización criminal Guerreros Unidos. El Centro Pro destacó que la creación original de la comisión abría una vía indispensable para garantizar la participación activa de las víctimas en los procesos de búsqueda y acceso a la justicia.
Por último, el centro civil recordó que los recursos atraídos por los ministros fueron promovidos de origen por personas sujetas a procesos penales en el caso, omitiendo en las primeras etapas la intervención de los familiares directos. Actualmente, los padres de los normalistas ya se encuentran formalmente reconocidos como víctimas indirectas dentro de las causas penales, en un contexto donde aún quedan pendientes prioritarios como la entrega de archivos de inteligencia militar y la ejecución de órdenes de extradición internacionales.
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