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TEPJF defiende el derecho al pago de mujer afromexicana en Guerrero

Carlos Medina Cortez by Carlos Medina Cortez
diciembre 18, 2025
in Destacado, Nacionales, Portada, Principal
Tiempo de lectura: 4 mins de lectura
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18 DE DICIEMBRE DEL 2025 – NACIONAL. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tomó una decisión histórica al reconocer que el trabajo de las autoridades comunitarias debe ser remunerado. El tribunal decidió revocar dos sentencias previas que le negaban su salario a una comisaria del poblado de La Zanja, en el municipio de Acapulco. Con este fallo, se garantiza el derecho al pago de la representante afromexicana, quien desempeñó sus funciones sin recibir los recursos económicos que por ley le corresponden como parte de la estructura del ayuntamiento local.

La magistrada Claudia Valle Aguilasocho, encargada de presentar el proyecto, fue muy clara al señalar que nadie puede representar a su pueblo de forma plena si no cuenta con los medios materiales para hacerlo. Argumentó que dedicar tiempo a los asuntos de la comunidad requiere un esfuerzo que debe ser compensado económicamente. Al proteger el derecho al pago de la autoridad afromexicana, el Tribunal Electoral asegura que las personas que ocupan estos cargos no tengan que elegir entre servir a su gente o cubrir sus necesidades básicas de vida.

Contra la discriminación y la desigualdad estructural

Uno de los puntos más importantes de la discusión fue el rechazo a la etiqueta de «cargo honorífico» que las autoridades locales usaban para evitar el pago. La magistrada explicó que, mientras otros integrantes del cabildo sí recibían un sueldo, negárselo a la comisaria era una forma de discriminación directa. Esta distinción de trato hacia los pueblos originarios carece de justificación, por lo que el derecho al pago de la mujer trabajadora afromexicana debe respetarse bajo las mismas condiciones que cualquier otro funcionario público en el estado de Guerrero.

El tribunal subrayó que la falta de pago no puede considerarse una «costumbre cultural» válida, sino que es una práctica que mantiene a las personas en situaciones de pobreza y desigualdad. Al votar por unanimidad a favor del derecho al pago de la integrante comunitaria afromexicana, los magistrados enviaron un mensaje contra el racismo institucional. El fallo aclara que el trabajo comunitario no es sinónimo de trabajo gratuito cuando se trata de funciones de gobierno que benefician a toda una demarcación municipal.

Reparación del daño y pago retroactivo

Como medida para solucionar esta injusticia, el TEPJF ordenó al ayuntamiento realizar un pago retroactivo y proporcional a la mujer afectada por el tiempo que estuvo en sus funciones. Esta orden de pago no es solo un beneficio económico, sino un acto de justicia que repara la violación de sus derechos políticos y humanos. De esta forma, el derecho al pago de la funcionaria afromexicana queda establecido como una obligación que el municipio no puede ignorar, sentando un precedente para otros casos similares en el país.

Este caso marca un antes y un después en la defensa de las mujeres en la política, especialmente para aquellas que pertenecen a grupos que han sido históricamente ignorados. La sentencia establece firmemente que la supuesta «gratuidad» del servicio no puede ser una excusa para limitar la participación de las mujeres en la toma de decisiones. Gracias a este reconocimiento del derecho al pago de la lideresa afromexicana, se fortalece la democracia y se garantiza que el acceso a cargos públicos sea real y justo para todas las personas sin importar su origen.


La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

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