CIUDAD DE MÉXICO.- Con 69 votos a favor, 49 en contra y cero abstenciones se aprobó en el Senado el dictamen que modifica la Ley de Amparo.
La tarde de este miércoles la Cámara Alta avaló cambios a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, con los cuales se limita la capacidad de los jueces para la suspensión de leyes, reformas u obras impugnadas mediante el juicio de amparo.
La reforma a la Ley de Amparo fue presentada por el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado de la República, Ricardo Monreal Ávila.
Legisladores yucatecos aprueban reforma que limita el juicio de amparo
El grupo parlamentario de Morena presentó un dictamen para la modificación a la Ley de Amparo, la cual busca impedir que los jueces otorguen suspensiones en contra de la implementación de normas generales y con ello tampoco puedan suspender obras de los gobiernos.
A través de esta reforma se evitará que los jueces suspendan leyes o reformas generales impugnadas mediante el juicio de amparo, recurso legal que surgió en Yucatán.
“El amparo es un medio de defensa que las personas tenemos para proteger, ante los tribunales, los derechos que reconoce nuestra Constitución cuando consideramos que una autoridad los está violentando”, describe la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En el pleno del Senado de la República este miércoles, se aprobó en lo general y los artículos reservados del dictamen que reforma la Ley de Amparo.
La reforma para modificar la Ley de Amparo recibió el voto a favor de Verónica Camino Farjat, electa como senadora por la coalición PRI-PVEM-PANAL en 2018 y ahora perteneciente a la bancada morenista, y Raúl Paz, elegido senador por el PAN en 2018 hasta su cambio de partido en 2022, cuando se unió a Morena.
Jorge Carlos Ramírez Marín, quien asumió el cargo al Senado en 2018 con el partido PRI y ahora militante del PVEM, también votó a favor de la reforma.
¿Qué dice la reforma a la Ley de Amparo?
Como informamos anteriormente, la reforma agrega un párrafo al artículo 148 de la Ley de Amparo para establecer que “tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.
Se añade que “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda”.
Esto significa que las suspensiones dictadas en casos de inconstitucionalidad de normas generales no tendrán efectos generales. Los jueces no podrán suspender leyes o reformas generales impugnadas mediante el juicio de amparo.
Legisladores de oposición y sociedad civil cuestionaron la reforma ya que debilitaría las capacidades de los jueces, limitaría al juicio de amparo y afectaría a la división de Poderes.
Las reformas a la Ley de Amparo fueron presentadas para evitar que puedan suspender obras como la del Tren Maya o el Aeropuerto Felipe Ángeles, como ha ocurrido en ocasiones pasadas por demandas ante daños ambientales, denuncia la oposición.
Al presentar la iniciativa, Ricardo Monreal argumentó que la medida garantizaría la presunción de constitucionalidad de las leyes y evitaría la extralimitación del Poder Judicial.
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Esta nota Senado aprueba reforma a la Ley de Amparo, con voto a favor de legisladores yucatecos apareció primero en Diario de Yucatán.