![Lucio y Diana](https://olanoticias.com/wp-content/uploads/2025/02/lucio-y-diana-ya-en-el-penal-cuantos-anos-de-prision-les-darian.png)
Anoche viernes, en pleno Día del Amor y la Amistad, Diana Jaciel N. y Lucio David N. ingresaron a los penales de Tlalnepantla y Cuautitlán, respectivamente, tras ejecutarse las órdenes de aprehensión contra ellos por el delito de homicidio en grado de tentativa contra un recién nacido, informó la Fiscalía del Estado de México.
Según la Fiscalía, los hechos ocurrieron el martes 11 de febrero de 2025.
Al penal por intento de homicidio de su bebé
Ese día, Diana, de 21 años de edad, presuntamente sufrió un aborto en la pastelería donde trabajaba, ubicada en el fraccionamiento Fuentes del Valle en el municipio de Tultitlán, y le entregó el bebé a su pareja, Lucio, de 18 años.
A Lucio su propia madre lo entregó a la Fiscalía en Ciudad de México el miércoles 12 de febrero de 2025, cuando se difundió un vídeo en el que se observa al joven abandonar al bebé recién nacido, dentro de una bolsa negra de basura, en una calle del fraccionamiento Fuentes del Valle en Tultitlán.
Mientras que Diana, al darse a conocer el vídeo, se presentó a la Fiscalía y declaró que le dio el bebé a Lucio creyendo que lo llevaría a un hospital y que ella se quedó en la pastelería a limpiar el sitio donde nació su hijo.
Pero la madre de Lucio difundió las conversaciones que Diana y Lucio sostuvieron, vía WhatsApp, las cuales evidencian que juntos acordaron tirar a su propio hijo a “un canal”, aunque al final el joven lo abandonó en una calle, ante una casa.
Lucio y Diana, al penal por intento de homicidio de su bebé
![Lucio y Diana](https://olanoticias.com/wp-content/uploads/2025/02/lucio-y-diana-ya-en-el-penal-cuantos-anos-de-prision-les-darian-1.png)
Anoche viernes, a las 10:35, la Fiscalía informó que ejecutó la orden de aprehensión contra Diana y Lucio y los trasladó a los reclusorios de Tlalnepantla y Cuautitlán, respectivamente.
La #FiscalíaEdoméx cumplimentó orden de aprehensión en contra de Diana Jaciel “N” y Lucio David “N”, señalados por su probable intervención en el delito de homicidio en grado de tentativa en agravio de un recién nacido, quien fue abandonado en vía pública en el municipio de… pic.twitter.com/UW7V8226EF
— Fiscalía Edoméx (@FiscaliaEdomex) February 15, 2025
El traslado se hizo al cumplirse el plazo legal de 48 horas que tiene toda Fiscalía en México para consignar a un detenido, en este caso Lucio, ante un juez de Control. Lucio estuvo 48 horas en el Centro de Justicia ubicado en Cuautitlán Izcalli.
A Diana la llevaron desde la cama 124 del área de ginecología del Hospital General Vicente Villada, donde la atendían tras el aborto o parto.
¿Qué sigue? ¿Qué sanción recibirían Diana y Lucio?
En la audiencia inicial ante un juez de Control, la Fiscalía acusará formalmente a Diana y Lucio y el juzgador decidirá la situación jurídica de ambos, si los libera o los vincula a proceso penal por el delito de homicidio en grado de tentativa contra un recién nacido.
De ser procesados y declarados culpables, Diana y Lucio podrían recibir una pena de entre 13.3 y 40 años de prisión, ya que el Código Penal del Estado de México establece, en su artículo 59, que “a los inculpados del delito en grado de tentativa se les aplicarán de uno a dos tercios de la pena prevista para el delito consumado”.
Al respecto, la misma ley ordena que “al responsable de homicidio cometido en contra de su cónyuge… descendientes consanguíneos en línea recta o hermanos, teniendo conocimiento el inculpado del parentesco, se le impondrán de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa”.
Asimismo, ni a Diana ni a Lucio se les podrá reducir la sanción que se les imponga, en su caso.
La reducción de hasta la mitad de la pena no se concederá en delitos de extorsión, lesiones que se infieran a menores, incapaces o pupilos por quien ejerza la patria potestad, tutela o custodia, o por un integrante de su núcleo familiar, homicidio doloso con modificativas que lo califiquen o lo agraven, violación y robo que ocasione la muerte, establece el artículo 58 de la ley penal mexiquense.