
CIUDAD DE MÉXICO.- El exlíder de “Los Caballeros Templarios“, Servando Gómez Martínez, “La Tuta“, teme ser entregado al gobierno de los Estados Unidos.
Por tal motivo tramitó un amparo para frenar su traslado, en el que se le negó la suspensión de oficio porque no presentó los argumentos suficientes para que se decretara la medida de protección.
El capo alegó ante el titular del Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal, Daniel Marcelino Niño Jiménez, que el 31 de marzo pasado la Fiscalía General de la República (FGR), la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), así como la vocería de la Presidencia de la República, revelaron que se procederá al “envío” de otros narcotraficantes a Estados Unidos, y se mencionó a él como uno de los candidatos.
Gómez Martínez aseguró que jamás ha sido notificado ni se le ha iniciado un proceso de extradición internacional en su contra.
“La Tuta” está a disposición de un juez federal
Además de que está compurgando penas de prisión por los delitos de delincuencia organizada, contra la salud y secuestro, y está a disposición de un juez federal.
Por su parte, el juez Cuarto de Distrito en materia Penal, Daniel Marcelino Niño Jiménez, consideró que dicha narrativa, hasta el momento, resulta insuficiente para determinar la procedencia de la suspensión de plano.
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Expuso, “no se advierte que entre los hechos denunciados y los resultados dañinos exista una relación de causalidad que justifique decretar la suspensión”.
El juzgador afirmó que es necesario allegarse de mayores hechos a fin de determinar si procede o no la suspensión de oficio y de plano instada.
Juez da plazo de 24 horas a Servando Gómez
El juez dio un plazo de 24 horas a Servando Gómez Martínez para que, bajo protesta de decir verdad, “narre los hechos o abstenciones del acto o actos reclamados que señale pues es un aspecto personalísimo que sólo corresponde al peticionario de la protección constitucional”.
Lo anterior, dijo, en virtud de que el exlíder delincuencial refiere “reclamar la deportación, expulsión proscripción y destierro, sin embargo, conforme al artículo 143 de la Ley Nacional de Migración y el diverso 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
“Las dos primeras figuras jurídicas se actualizan respecto de personas extranjeras, supuesto en el cual no se encuentra el quejoso, pues en la demanda señaló que es mexicano por nacimiento y respecto de la proscripción y destierro, son consideradas como penas.”
“La Tuta” indicó que fue “sentenciado en la causa” del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México, por los delitos de delincuencia organizada y contra la salud.