
19 de Septiembre del 2025.- La Corte Suprema de Justicia de Colombia ratificó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que concedió la libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez. Esta determinación se produce después de que un juzgado de primera instancia lo condenara por soborno y fraude procesal, ordenando su detención inmediata. Sin embargo, la máxima instancia judicial del país determinó que la orden de privación de la libertad no estaba suficientemente motivada, lo cual, según la jurisprudencia colombiana, es una falta grave. La libertad de Uribe se mantendrá mientras la apelación de su condena es resuelta.
El caso inició cuando el Juzgado 44 Penal de Bogotá condenó a Uribe Vélez a 144 meses de prisión y a pagar una multa considerable, ordenando su detención domiciliaria inmediata. La defensa del expresidente interpuso un recurso de tutela, argumentando que la medida violaba sus derechos fundamentales a la libertad, al debido proceso y a la presunción de inocencia, ya que consideraban que la orden de captura carecía de una justificación sólida y concreta. La liberación de Uribe por parte del Tribunal Superior de Bogotá fue un primer paso en este proceso legal.
En la impugnación del fallo por parte de la Fiscalía y los representantes de las víctimas, la Corte Suprema de Justicia analizó detenidamente los argumentos y concluyó que la privación de la libertad no cumplía con los estándares constitucionales. La Corte explicó que el juzgado de primera instancia solo había «enumerado» razones, como evitar la fuga o un riesgo para la sociedad, sin sustentarlas con pruebas o hechos concretos. El alto tribunal subrayó que la exposición del juzgado se limitó a «enunciaciones generales» sin un análisis detallado sobre la necesidad y proporcionalidad de la medida.

Argumentos que respaldan el fallo
La Corte Suprema recordó que la libertad es la norma en el proceso penal y que su restricción debe ser la excepción. Para ello, es indispensable que los argumentos para una detención sean claros y verificables. En su providencia, el alto tribunal hizo énfasis en que la jurisprudencia, desde 2023, exige fundamentos jurídicos y fácticos específicos que demuestren por qué una medida restrictiva es indispensable. En el caso de Uribe, no se probó una intención de fuga ni un peligro real para la sociedad, y se destacó que el expresidente había asistido voluntariamente a todas las diligencias.
Es fundamental aclarar que la decisión de la Corte Suprema no anula la condena impuesta a Uribe Vélez. El fallo solo suspende la orden de detención domiciliaria mientras se resuelve el recurso de apelación de su condena. Esto significa que el expresidente continuará en libertad hasta que una segunda instancia judicial defina de manera definitiva su situación jurídica. La libertad de Álvaro Uribe en este momento es un resultado del análisis de la forma en que se dictó la orden de detención, y no del fondo del caso de fraude y soborno.

Un precedente legal para Colombia
Este fallo de la Corte Suprema sienta un importante precedente en el sistema judicial colombiano, reafirmando la obligatoriedad de que cualquier restricción a la libertad de un ciudadano debe estar sustentada con argumentos claros, precisos y verificables. El caso de Uribe ha puesto de manifiesto la importancia de la motivación en las decisiones judiciales y ha subrayado la primacía del debido proceso y la presunción de inocencia. La decisión también aclara que la acción de tutela es un mecanismo válido para proteger los derechos fundamentales cuando no hay otros medios efectivos para hacerlo, especialmente en casos de órdenes de captura.
