
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha emitido una importante aclaración sobre el alcance legal de la suspensión provisional que Uber obtuvo a través de un amparo. La dependencia federal aseguró que dicha suspensión solamente tiene validez contra los operativos y acciones que lleve a cabo la Guardia Nacional en contra de los vehículos de la plataforma. Esta precisión es fundamental, pues limita el ámbito de protección legal que la empresa de movilidad puede invocar.
Este matiz legal implica que la suspensión ganada por Uber no le otorga una autorización general para operar libremente en zonas federales o para ignorar otras regulaciones. Específicamente, en el contexto aeroportuario y de las zonas federales terrestres, la SICT mantiene su postura de que los servicios de transporte de pasajeros mediante plataformas digitales no cuentan con la concesión federal requerida para operar en esos perímetros. Por lo tanto, otras autoridades distintas a la Guardia Nacional aún pueden llevar a cabo inspecciones y aplicar sanciones.
La Guardia Nacional, al ser una fuerza de seguridad con facultades de inspección en carreteras y zonas federales, era un actor clave en los operativos contra el transporte de pasajeros sin concesión. La suspensión lograda por Uber detiene temporalmente las acciones directas de esta corporación contra sus conductores. Sin embargo, no se extiende a la SICT misma ni a otras autoridades estatales o federales que tengan competencia en la regulación del transporte de pasajeros en sus respectivas jurisdicciones.
🚫 El Amparo No Otorga Permiso Federal de Transporte de Pasajeros


La SICT subraya que la suspensión provisional no equivale de ninguna manera a una concesión o permiso federal para la prestación del transporte de pasajeros hacia o desde aeropuertos, puertos u otras zonas federales. La operación legal de estos servicios requiere de una autorización explícita emitida por la propia Secretaría. Este es el punto central del conflicto regulatorio que la suspensión no resuelve.
La determinación de la SICT es un recordatorio para los conductores de Uber y los usuarios de que la situación legal del servicio sigue siendo precaria en ciertas áreas. Los conductores deben estar conscientes de que, si bien la Guardia Nacional no podrá detenerlos por el momento bajo el argumento del amparo, otras autoridades de inspección y transporte de pasajeros federales podrían seguir actuando. La suspensión solo ataca un aspecto de la ejecución de la ley, no el fondo de la regulación.
La Vía Administrativa para el Transporte de Pasajeros
 
			 
			



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