
CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el presidente Andrés Manuel López Obrador difundió propaganda gubernamental durante campañas del proceso electoral 2023-2024.
El mandatario realizó la difusión de propaganda sobre acciones y logros del gobierno en las conferencias matutinas conocidas como ‘mañaneras’, lo que vulneró la equidad en la contienda.
Sin embargo, el TEPJF aseguró que las declaraciones del mandatario no representaron un beneficio para Claudia Sheinbaum, candidata presidencial, o los partidos que la abanderaban: Morena, Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Cabe resaltar que el 2 de junio, la coalición encabezada por el partido fundado por AMLO “arrasó” en los comicios con una ‘supermayoría’ en el Congreso de la Unión, gran parte de las gubernaturas y la Presidencia de la República.
TEPJF falla en contra de AMLO
La Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que en la ‘mañanera’ del 12 de abril AMLO difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido, promoción personalizada, que vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad.
Actualmente la mencionada conferencia no está disponible en los canales oficiales de difusión del gobierno federal.
Pese a ello, se determinó que esto no representó un beneficio para la entonces candidata presidencial.
Respecto a las ‘mañaneras’ del 17 y 19 de febrero, el Tribunal Electoral sentenció que AMLO no promovió a Sheinbaum.
La Sala Superior confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada que declaró la inexistencia de diversas infracciones atribuidas al presidente López Obrador durante el proceso electoral.
Estas infracciones incluyen:
- Vulneración a los principios de equidad
- Neutralidad e imparcialidad
- Difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido
- Promoción personalizada a favor del presidente de la República
- Uso indebido de recursos públicos
- Beneficio en favor de Claudia Sheinbaum y los partidos en coalición
- Incumplimiento de medidas cautelares
La sentencia fue presentada por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, al expediente SUP-REP-636/2024 por la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional (PAN).
Fue avalada por tres votos a favor y dos en contra, de los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón.
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