La reforma en cuestión afecta al apartado del Impuesto Cedular por la Enajenación de Bienes Inmuebles y de la Retención, específicamente en lo que respecta al cálculo y retención del impuesto en operaciones consignadas en escritura pública. Según la modificación, los Notarios Públicos o Fedatarios serán responsables de calcular y retener el impuesto, siempre y cuando la enajenación de inmuebles no sea realizada por personas físicas dedicadas a actividades empresariales.
Una de las principales preocupaciones del Observatorio Legislativo radica en el hecho de que esta reforma implica que el SATQROO, como autoridad competente, deberá verificar las propuestas de valor de las operaciones inmobiliarias presentadas ante los Notarios Públicos. Esto, según el Observatorio, podría afectar la libertad de las personas en sus operaciones de comercio inmobiliario, así como las operaciones derivadas de fideicomisos y herencias que impliquen la transmisión de inmuebles.
Además, se ha señalado que estas modificaciones podrían no estar alineadas con lo establecido en el Código Fiscal del Estado de Quintana Roo, el cual ya contempla mecanismos para prevenir la evasión fiscal. Asimismo, se cuestiona la falta de correspondencia con el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que aboga por la simplificación de regulaciones y trámites.
Es importante destacar que la reforma fue aprobada con los votos de los Diputados de las fracciones del PVEM y de MORENA, mientras que algunos Diputados se manifestaron en contra y otros estuvieron ausentes en la votación.
En conclusión, estas modificaciones a la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo podrían generar controversia y estar sujetas a recursos jurídicos para su eliminación, en vista de las preocupaciones planteadas por el Observatorio Legislativo y otros actores del sector.