El expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, solicitó al juez de la Audiencia Nacional que investiga el beso que le dio a Jenni Hermoso en la final del Mundial de Sídney (Australia) el archivo de la causa contra él por agresión sexual y coacciones y arremete contra la Fiscalía por promover que la jugadora le denunciara.
En un escrito al titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, y al que ha tenido acceso EFE, la defensa de Rubiales considera que se debe decretar el sobreseimiento de esta causa al no haber quedado acreditado que los hechos denunciados sean constitutivos de “delito alguno”.
Para acordar el archivo, la abogada de Rubiales, Olga Tubau, pide al magistrado que tenga en cuenta que el deseo manifestado por Hermoso de denunciar a Rubiales por agresión sexual, tras haber sido citada a declarar por la Fiscalía, “podría responder en realidad a la previa voluntad social o pública de persecución de aquel hecho, que ella acaba asumiendo”.
“La decisión de denunciar de la Sra. HERMOSO no es espontánea ni se produce inmediatamente después de los hechos, sino que responde a un requerimiento expreso de la Fiscalía, que obliga a un pronunciamiento en uno u otro sentido, en un clima de enorme repercusión pública de los hechos –como expresamente se dice por la propia Fiscalía- y de repulsa social, política y mediática al acto ya ampliamente manifestada”, expone Tubau.
Y es que, a la letrada le resulta “paradójico” que la Fiscalía no hiciese mención en el decreto en el que acordó investigar estos hechos a que las manifestaciones públicas de la jugadora tras este hecho “no solo no fueron inequívocas en el sentido que se pretende, sino abiertamente contradictorias con lo manifestado de forma espontánea tanto por ella como por su hermano a los medios de comunicación”, en las que no le dieron importancia al beso.
A esto añade que una de las principales pruebas, la grabación del momento del beso, que vieron millones de personas, no acredita un delito de agresión sexual.
A su juicio, “el contexto en el que se da ese beso y el propio marco ambiental en el que se produce el mismo impiden afirmar, siquiera indiciariamente, que concurren los elementos y requisitos del delito del art. 178 del Código Penal”.
Para la letrada, “lo que objetivamente acreditan estas imágenes es que estamos ante unos abrazos afectuosos, un contacto físico consentido entre dos personas que están celebrando un momento de inmensa alegría, felicidad y satisfacción por la victoria”.
“Una manifestación de esa euforia -destaca- que, en ese momento es consentido por la Sra. HERMOSO, hasta tal punto que es ella la que da la última muestra de afecto antes de seguir andando por encima de la tarima, dando unas palmadas en los costados del Sr. RUBIALES”, resalta.
Sin embargo, “a medida que pasaban las horas y que las redes sociales y los medios de comunicación hicieran del beso el centro de atención de comentarios, de valoraciones, de insultos y de descalificaciones hacia el Sr. RUBIALES”, la jugadora cambió “su inicial percepción de lo que realmente había ocurrido”.
Empezó así, prosigue el escrito, “a generar un rechazo hacia la conducta del Sr. RUBIALES, al hacerlo responsable de que la victoria del campeonato mundial pasará a un segundo plano”, circunstancia que, a su entender, “indudablemente ha tenido una incidencia en la conducta procesal de la Sra. HERMOSO”.
En cuanto al hecho en sí, la defensa de Rubiales vuelve a recalcar que éste le preguntó a Hermoso si le podía dar un beso, por lo que eso implica, a su juicio, que no existe “ninguna voluntad de invasión no consentida de la libertad sexual de la Sra. HERMOSO”.
“Ningún agresor sexual -observa- pregunta ni recaba el consentimiento de la víctima antes de acometer un acto que lesione la libertad e indemnidad sexual”.
También expone la letrada el comunicado conjunto que suscribió con Rubiales y que recogió las manifestaciones que ella misma hizo “de forma espontánea y voluntaria” tras el beso.
Al no haberse opuesto a su publicación, la abogada de Rubiales cree que hubo “pleno consentimiento al comunicado por parte de la Sra. HERMOSO, extremo este que también debe valorarse a los efectos de determinar si los hechos, el beso de autos, tienen trascendencia jurídico penal”.
En cuanto al delito coacciones que también se le imputa al expresidente de la RFEF, su defensa sostiene que tampoco ha quedado acreditado que Rubiales y su entorno ejercieran ninguna presión sobre Hermoso “ni directa ni indirecta” para que justificara su conducta.
Con información de EFE
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