
La extinción de fideicomisos en México recibió un respaldo definitivo por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que validó el proceso legislativo mediante el cual se eliminaron estos mecanismos financieros en 2020. La decisión fue impulsada durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, con el argumento de redirigir recursos públicos para atender la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19. Con esta resolución, el máximo tribunal cerró uno de los debates más importantes en materia de administración de recursos públicos de los últimos años.
En sesión ordinaria, la SCJN determinó que no existieron violaciones con “potencial invalidante” durante el proceso legislativo que llevó a la eliminación de 109 fideicomisos. Esto significa que, desde el punto de vista constitucional, el Congreso actuó dentro de sus facultades al aprobar dicha reforma. Además, la Corte consideró que la decisión estuvo sustentada en una motivación suficiente, ya que estos instrumentos funcionan como mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo.
Alcances legales de la extinción de fideicomisos
El fallo también dejó en claro que la extinción de fideicomisos no implica la desaparición de derechos ni de obligaciones del Estado. De acuerdo con la SCJN, lo que cambió fue la forma en la que se administran y distribuyen los recursos, pero no el compromiso del gobierno con los sectores que anteriormente eran beneficiados por estos fondos. En ese sentido, la Corte subrayó que no le corresponde evaluar si la política pública es la mejor opción, sino únicamente verificar su constitucionalidad.
Este punto es clave, ya que durante el debate público se argumentó que la eliminación de estos instrumentos podría afectar áreas como la ciencia, la cultura o la atención a desastres naturales. Sin embargo, la SCJN concluyó que no se detectaron violaciones a derechos fundamentales, lo que refuerza la legalidad de la medida impulsada en su momento por el gobierno federal.
Impugnaciones y postura de la Corte
La resolución también pone fin a las impugnaciones promovidas por legisladores de oposición, quienes cuestionaron la extinción de fideicomisos al considerar que podría representar un uso discrecional de los recursos. No obstante, el máximo tribunal desestimó estos argumentos tras analizar el proceso completo y determinar que no existían elementos suficientes para invalidar la reforma.
Cabe recordar que en enero pasado, la SCJN también desechó los recursos presentados por ocho gobernadores opositores, quienes señalaban posibles afectaciones a las entidades federativas. La Corte concluyó que el decreto no vulneraba las atribuciones de los estados, lo que fortaleció aún más la validez de la medida a nivel nacional.
Como valor agregado, especialistas en finanzas públicas han señalado que la extinción de fideicomisos abrió un debate más amplio sobre la transparencia en el manejo de recursos. Mientras algunos consideran que centralizar el dinero permite un mayor control gubernamental, otros advierten que puede reducir la supervisión independiente. Este contraste ha impulsado propuestas para crear nuevos mecanismos de rendición de cuentas que garanticen un uso más claro y eficiente del presupuesto público.





